sábado, 30 de abril de 2011

USOS PRACTICOS DEL LENGUAJE – ADAPTADO A LAS REALIDADES TRANS.




El ABC de la diversidad sexual ha gozado de gran aceptación entre un público promedio de funcionarios públicos de instituciones como Ministerios, Municipios, defenseoría del Pueblo, Registro Civil del Ecuador y otras. El glosario policial, mucho más especifíco toma en cuenta el publico al que va dirigido y el contexto en el que los saberes transmiidos van a ser manejados. Lo utilizaran agentes dela policiía Nacional que tratarán a maenudo contrabajadoras sexuales trans en el contexto de la calle y para quienes el manejo de los términos del glosario puede significar la diferencia entre abuso policial y debido proceso.
No obstante, y en honor a todas las reflecciónes vertidas sobre el lenguaje de los trans, reconocemos que ambos textos son limitados y perfectibles. Ambos toman posturas políticas, como hace todo lenguaje. Y ambos han sido escritos en momentos sociales y marcos jurídicos determinados que serán superados. Eso esperamos.
CUERPOS DISTINTOS
Proyecto Transgenero
www.proyecto-transgenero.org
EL ABC DE LA DIVERSIDAD SEXUAL – PROYECTO TRANSGENERO.
Los términos señalados entre asteriscos son rebeldías lingüísticas de nuestra propia cosecha*
DIVERSIDAD SEXUAL.- Termino paraguas que se utiliza para aludir a cualquier diferencia en el canon corporal de las personas, en su identidad de género o en su orientación sexual.
CANON COPRORAL.- Características físicas que hacen que un cuerpo sea femenino (hembra) o masculino (macho). En la mayoría de personas, el canon corporal es una realidad “catalogable” bajo una de estas dos construcciones binarias a menudo referidas como “sexos biológicos”. Sin embargo, existen personas que presentan realidades más complejas.
INTERSEXUALES  O INTERSEX.- Persona cuyo canon corporal presenta realidades cromosomáticas, hormonales y/o genitales, imposibles o difíciles de catalogar en binario. Son los “cuerpos del medio” que demuestran que en realidad no existen dos “sexos biológicos”, sino un espectro sexual.
IDENTIDAD DE GENERO.- Es la masculinidad o feminidad de una persona, independientemente de su canon corporal de origen. La feminidad y la masculinidad son modos de presentación (de vestirse, hablar, moverse, expresarse, relacionarse) socialmente identificados con uno u otro sexo.
MUJER.- Persona cuyo canon corporal es femenino (hembra) y cuya identidad de género también es femenina.
HOMBRE.- Persona cuyo canon corporal es masculino (macho) y cuya identidad de  género también es masculina.
TRANSGÉNERO FEMENINA.- Persona cuyo canon corporal es masculino (macho) y cuya identidad de género es femenina. En algunas sociedades, se prefiere el término “mujer trans”.
TRANSGENERO MASCULINO.- Persona cuyo canon corporal es femenino (hembra) y cuya identidad de género es masculina. En algunas sociedades, se prefiere el término “hombre trans”.
MACHA.- Término para designar el canon corporal de una persona de género femenino. De este modo, afirmamos la soberanía del género en el cuerpo y criticamos la asociación natural entre “macho” y “masculino”.
HEMBRO- Designa el canon corporal de una persona de género masculino. De este modo, afirmamos la soberanía del género en el cuerpo  y criticamos la asociación natural entre “hembra” y “femenina”.
TRANSEXUAL (FEMENINA O MASCULINO).- Persona trans que emprende cambios físicos que alejan de su biología de origen y le acercan a la usualmente asociada con el otro género a través de múltiples prácticas de intervención corporal voluntaria.
INTERVENCION CORPORAL.- Feminiacación o masculinización de un cuerpo mediante procedimientos hormonales, quirúrgicos o mecánicos. Entre las prácticas más comunes de intervención corporal está el uso de implantes, las cirugías de modificación genital y las cirugías  de remoción de órganos o caracteres sexuales. Son conocidas, por ejemplo, la histerectomía (extirpación de útero), la mastectomía (extirpación de mamas), la vaginoplastia (construcción de vagina), la metoideoplastia (liberación de clítoris transformado en micro pene por las hormonas) y la faloplastia (construcción de pene). Y , aunque es menos conocido, muchas personas transexuales logran transformaciones sorprendentes de masculinización o feminización de su biología original por acción mecánica; a través de determinadas disciplinas físicas (como el fisicoculturismo para masculinizar un cuerpo femenino, o le modelaje para feminizar un cuerpo masculino).
ANDROGINO-A.- Persona con características simultáneas de masculinidad y feminidad (ya físicas o simbólicas). Una mujer andrógina seria una persona con suficiente feminidad como para ser identificada como “mujer”, pero “masculina”. Un hombre andrógino sería una persona con suficiente masculinidad para ser identificado como “hombre”, pero “femenino”. Una persona andrógina o un andrógino, sería alguien con tal nivel de ambigüedad genérica, que en su presencia no pudiéramos decidir si es mujer u hombre.
BIGENERO.-  Persona que alterna feminidad y masculinidad como dos facetas distinguibles en su identidad de género. Se trata de una persona que, idependietemente de su canon corporal de origen, ha logrado dominar bien la producción de las dos construcciones culturales predominantes del género, al punto de convertirse en una especie
de “bilingüe del género”.
ORIENTACION SEXUAL.- Tendencia de una persona a sentirse sexualmente por, o involucrarse sexualmente, con uno u otro sexo.
HOMOSEXUAL.- Persona con orientación sexual hacia personas de su mismo sexo.
HETEROSEXUAL.- Personas con orientación sexual hacia personas de distinto sexo al suyo.
HOMOGENERO.-  Persona a la que atraen otras de su mismo género, independientemente de cuál sea su sexo y el de las otras. Por tanto, una pareja podría ser de personas de distinto sexo (heterosexual en estricto sentido corporal) pero homogénero (las dos femeninas o las dos masculinas).
HETEROGENERO.- Persona a la que le atrae otras de distinto género al suyo, independientemente del cuál sea sus sexo y el de las otras. Por tanto, una pareja podría ser de personas del mismo sexo (homosexual en estricto sentido corporal) pero heterogénero (una masculina y la otra femenina).
BISEXUAL.-  Persona con orientación sexual hacia personas de uno u otro sexo.
TRISEXUAL. – Termino para reivindicar que las posibilidades del deseo, al igual que las del cuerpo y las del género, rebasan el binario. Si no existen sólo hombres y mujeres, sino múltiples posibilidades sexo genéricas, es posible que a una persona le gusten hombres, mujeres y también “todos y todas las demás”. Ese todos los demás o todas las demás, se convierte en un tercero genérico y político.
TRANSFEMINISMO.- Corriente del feminismo que rebasa el binario de género – es decir, la presunción de que existen hombres y mujeres únicamente- y que, por lo tanto, en lugar  de situar la presencia de las relaciones patriarcales entre dos identidades de género abstractas – “hombres” y “mujeres”, la sitúa en los lugares sociales del femenino, independientemente de la condición sexo – genérica especifica de las personas y colectivos concretos sobre los que recaen las situaciones, estructuras y dispositivos patriarcales.
ALTERNATIVISMO.-  Corriente teórico – práctica que propone un dominio profundo de la lógica y las técnicas de una determinada disciplina (especialmente disciplinas tradicionales como el derecho y la arquitectura) para luego utilizar esa misma lógica y esa mismas técnicas contra la propia disciplina, en aquellas fronteras o límites políticos en que la disciplina resulta opresiva, injusta, discriminatoria, estrecha o indeseable en general. Decimos, en resumen, que el alternativismo  propone “la subversión desde dentro”.
INTERCULTURALIDAD.-  Posicionamiento político, teórico y práctico que intenciona la producción del sentido desde el diálogo, permanentemente con otros colectivos tradicionalmente excluidos del canon civilizatorio oficial – el de la cultura blanco –mestiza y patriarcal - , sustituyendo los esencialismos identitarios por el desplazamiento permanente y la búsqueda de “simetrías subyacentes” contra las grandes opresiones sistémicas.
CUERPOS DISTINTOS
Proyecto Transgenero
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GLOSARIO PARA PROCEDIMIENTO POLICIAL GÉNERO SENSIBLE
El glosario para procedimiento policial género – sensible hace parte de una serie de capacitaciones a las distintas ramas de la Policía Nacional que son impartidas por personas trans e intersex – en su mayoría trabajadoras sexuales de la calle – en el marco de un proceso que llamamos “policías y Transgéneros: un Diálogo que   Si es Posible.
A continuación recogemos algunos de los términos de este glosario que, con el tiempo, gracias a la constancia de nuestra relación con la institución han pasado a integrar oficialmente el Manual de Derechos Humanos de la Policía Nacional. Se trata de uno de los pocos procesos en el mundo en que sectores tan excluidos de la ciudadanía han participado en la construcción de normas implicadas en su realidad cotidiana.
SEXO LEGAL – SEXO CIVIL – SEXO REGISTRAL:- Es la calidad de ser “hombre” o “mujer” ante la ley.  En el Ordenamiento jurídico ecuatoriano, el sexo legal de una persona se adjudica automáticamente en función de su sexo biológico de nacimiento.
Para determinar el sexo legal de una persona, el o la policiía deberá remitirse a la (F) o (M) que consta impresa sobre la mención “sexo” en la cedúla de ciudadanía independientemente de la apariencia o corporalidad d el apersona.
IDENTIDAD DE GENERO.- Es un factor  no susceptible de discriminacón según la Constitución Politica del Ecuador, artículo 11, número 2. Esto significa que nuestra Constitución prohíbe discriminar a las personas por tener una identidad masculina, o por tener una identidad femenina, independientemente de cuál sea sus exo biológico. Por lo tanto , la o el policía debe saber que si bien ha de remitirse a la mención de la cédula para determinar el sexo legal de un sujeto abordado, no puede hacer caso omiso de la identidad de género de esa persona, porque al hacerlo estaría incurriendo en un tratamiento discriminatorio.
PARTE POICIAL GÉNERO – SENSIBLE.-  A fin de respetar la identidad de género de toda persona implicada en un parte policial, cuando la identidad de género no coincida con el sexo legal, el o l a policía debe registrar las dos circunstancias; por ejemplo:
“La ciudadana Luis Enrique Salazar, ecuatoriana, mayor de edad, de sexo legal masculino y género femenino..”

“El ciudadano Carolina Condell, chileno, mayor de edad, de sexo legal femenino y género masculino…”.
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